Conferencias de la Universidad Nacional de Córdoba, V Congreso Género y Sociedad: "Desarticular entramados de exclusión y violencias, tramar emancipaciones colectivas"

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¿Qué protección real proporciona la justicia a las mujeres?
Maria de los Angeles Gutierrez

Última modificación: 17-12-2018

Resumen


Se puede observar en la práctica cotidiana de quienes ejerce la defensa técnica legal de las mujeres, que se encuentran con ciertos obstáculos, entre ellos se pueden identificar con mayor claridad dos de ellos. Por un lado, la falta de coordinación entre las instituciones gubernamentales para la protección de las mujeres víctimas de violencia y por el otro, la ineficacia de las medidas judiciales de protección.

En la actualidad desde la justicia se intensificaron las medidas de protección hacia las mujeres víctimas de violencia, dependiendo de cada Provincia los mecanismos para el acceso de esa protección. Sin embargo, una vez que se determinan las medidas de protección, que en la mayoría de los casos se limita a la exclusión y restricción de acercamiento del agresor, las mujeres quedan a la deriva, ya que el cumplimiento de la medida, se encuentra al arbitrio de su victimario.

Con posterioridad a la medida de protección las facultades jurisdiccionales de los jueces o fiscales, concluyen ya que no existe un procedimiento de seguimiento para estos casos, por lo tanto si desde el área ejecutiva no se diseñan políticas de control y monitorio, las mujeres volverán a sufrir actos violentos de parte del agresor.


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